¿Mi compensación por lesiones personales está sujeta a impuestos?

¿Mi Compensación por Lesiones Personales está Sujeta a Impuestos?

Algunos casos de lesiones personales pueden resolverse con una compensación máxima, lo que significa una gran cantidad de dinero en miles o millones de dólares. También puede haber obligaciones tributarias.

Si el acuerdo de liquidación del litigio resultante de su reclamo por lesiones personales está sujeta a impuestos o no, dependerá de varios factores. También puede depender del tipo de daños personales que se incluyeron en el acuerdo.

En cualquier caso, comprender el impacto fiscal y las implicaciones de un acuerdo de indemnización por lesiones personales puede ser confuso y abrumador. Si ha recibido un acuerdo aceptable, es importante saber si es imponible y, de ser así, cómo informarlo adecuadamente en el momento de la declaración del pago de impuestos.

¿Mi compensación por lesiones personales está sujeta a impuestos? Para aquellos que se preguntan si van a perder una parte significativa de su acuerdo en obligaciones fiscales, estamos aquí para explicar todo sobre los impuestos y los pagos de acuerdos por lesiones personales.

¿Necesita ayuda con su reclamo por lesiones personales?

La Verdad sobre los Acuerdos de Indemnización por Lesiones Personales y los Impuestos en California

En la mayoría de los casos, su compensación económica por lesiones personales está sujeta a impuestos de acuerdo con las normas del Servicio de Impuestos Internos (IRS) y California. El IRS proporciona detalles sobre la tributación de los acuerdos de indemnización por lesiones personales en la Publicación 4335, que incluye información sobre qué daños compensatorios están sujetos a impuestos y cuáles están exentos de ellos.

Además, la Junta de Impuestos de Franquicias de California (FTB) cobra un impuesto sobre los componentes de los acuerdos recibidos que considera como un tipo de ingreso. Las directrices de la FTB para los impuestos sobre acuerdos de indemnización por lesiones personales tienen requisitos similares a los exigidos por el IRS.

Los acuerdos y la compensación por daños pueden clasificarse en dos tipos para decidir si el pago califica para impuestos o no.

El primero está asociado con lesiones físicas, mientras que el segundo se refiere a cuestiones relacionadas con daños no económicos. Las reclamaciones por lesiones personales comúnmente se dividen en tres categorías:

  • Daños reales causados por lesiones físicas o no físicas. Estos cubren lesiones corporales y graves como lesiones cerebrales traumáticas, lesiones de cuello, lesiones de la médula espinal, fracturas y discapacidad. Los daños reales también pueden incluir gastos médicos, salarios perdidos, daños a la propiedad, pérdida de ingresos o ingresos comerciales, atención de emergencia y gastos funerarios, entre otros.
  • Lesiones emocionales, como sufrimiento y angustia emocional, pérdida de consorcio, trauma y angustia mental, dolor emocional, depresión y ansiedad, entre otros.
  • Daños punitivos, que tienen como objetivo castigar al demandado por su comportamiento y disuadirlo de participar en conductas similares en el futuro. La cantidad de daños punitivos otorgados varía según la gravedad del comportamiento del demandado, el daño causado al demandante y otros factores, como los recursos financieros del demandado.

Exclusiones Fiscales Federales y Estatales

Hasta el 21 de agosto de 1996, la Sección 104 (a)(2) del Código de Rentas Internas no tenía ninguna indicación del término “físico” en relación con lesiones personales o enfermedades.

El Código fue modificado (SBJPA, PL 104-188) para excluir del ingreso bruto “la suma de cualquier castigo (aparte del punitivo) obtenido (ya sea por demanda o acuerdo y ya sea como suma global o como pagos periódicos) por cuenta de lesiones físicas personales o enfermedad corporal”.

A continuación se presentan algunos puntos importantes en cuanto a las implicaciones fiscales de los acuerdos:

  • Las sanciones remuneratorias, incluidos los salarios perdidos, recibidos como resultado de daños físicos personales son exentas de ingresos netos, aparte de los premios punitivos.
  • Las compensaciones recibidas por daños no físicos, como el sufrimiento mental, la difamación y la humillación, no están sujetas a impuestos federales sobre el empleo.
  • Para ser eximidas del ingreso bruto, las compensaciones por daños emocionales deben ser atribuibles a (asociadas con) traumas físicos tangibles o enfermedades. Estos costos no deberían haber sido deducidos anteriormente según la Sección 213 del Código de Rentas Internas.
  • Según la Sección 104 (a)(2) del Código de Rentas Internas, la angustia emocional psiquiátrica solo es excluible de ingresos si se adquiere por lesión física o enfermedad corporal.
  • Hay una excepción para las reparaciones retaliativas que se excluyen de los ingresos netos. Esta excepción se aplica a los beneficios de compensación de muerte por negligencia. Según la legislación estatal, solo se permiten compensaciones punitivas por demandas de muerte injusta.
  • Las compensaciones adquiridas por problemas asociados con el trabajo, como pérdidas financieras, cheques de pago fallidos, ingresos empresariales y beneficios, NO son exentas de ingresos totales, a menos que una lesión física real haya provocado esta deficiencia.

Según las Reglas generales para informes de información específicos, cualquier pago realizado a un demandante se considera una división y está sujeto a los requisitos de suministro de datos. Por lo tanto, cuando un pago de acuerdo se realiza por parte del demandado o de una compañía de seguros, se debe proporcionar un Formulario 1099 a menos que el acuerdo esté exento de impuestos.

En general, la mayoría de los acuerdos por lesiones personales en California están libres de impuestos. Esto incluye cualquier recuperación de un reclamo por lesiones corporales o enfermedad. Sin embargo, los daños punitivos de casos civiles no están exentos de impuestos y deben ser informados al Servicio de Impuestos Internos (IRS) en su declaración de impuestos sobre la renta.

Además, si recibió intereses como parte de la cantidad de su acuerdo, también se considera ingreso sujeto a impuestos por el IRS.

Es importante consultar con un profesional que le brinde consulta legal y que pueda ayudarlo a encontrar al experto necesario para asegurarse de informar adecuadamente todos sus ingresos por un pago de beneficios de compensación.

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Cómo Maximizar la Cantidad de su Acuerdo

Los procedimientos legales pueden ser complicados e incluso cuando se ha valorado su caso y la victoria está en sus manos, no tener el conocimiento adecuado sobre la ley y las implicaciones fiscales de California puede resultar en una pérdida trágica.

En la mayoría de los casos de lesiones personales, la cantidad del acuerdo puede ser afectada por las aseguradoras y la opinión de ajustadores agresivos que tratan de minimizar la compensación para la parte lesionada.

En otros casos, la compensación financiera se establece y cuando se entrega el dinero a la víctima lesionada, hay asesores legales poco confiables que tratan de aprovechar la ignorancia de las víctimas de lesiones personales y aplicar innumerables impuestos a sus servicios legales.

No se deje engañar por pseudo-profesionales que solo están interesados en su dinero y no en su bienestar.

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